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La Agencia Nacional Española de los programas Erasmus+: Juventud en Acción y Cuerpo Europeo de Solidaridad informa sobre cómo actuar ante determinadas situaciones que se pueden dar en el desarrollo de proyectos financiados por estos programas en el marco de la crisis del COVID-19.

PROYECTOS QUE SE ESTÉN DESARROLLANDO EN EL EXTRANJERO

  • Todas las personas que estén participando en proyectos en otro país, deberán seguir las indicaciones de las autoridades competentes y las recomendaciones de viajes del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC) de España.
  • Aquí puedes consultar sus “Preguntas frecuentes”: ASISTENCIA CONSULAROpen this document with ReadSpeaker docReader
  • Recuerda que, en caso necesario, la red de Representaciones y Consulados mantiene abiertos las 24 horas los teléfonos de emergencia, además de contar con publicaciones actualizadas en sus perfiles de redes sociales, para mantener el contacto permanente con los españoles desplazados a otros países. Embajadas y Consulados

PROYECTOS QUE SE ESTÉN DESARROLLANDO EN ESPAÑA

  • Atendiendo, en todo caso, a la situación que implica el estado de alarma y el aislamiento de la población por razones de interés público en España, se atenderán las circunstancias de los proyectos que presenten dificultades, caso por caso.

PROYECTOS PREVISTOS EN ESPAÑA O EN EL EXTRANJERO Y QUE IMPLIQUEN MOVILIDADES

  • Se deben suspender todos los viajes hasta la normalización de la situación.

ASISTENCIA SANITARIA

  • Consulta con tu organización de acogida, ellos te ayudarán a saber que procedimiento es el mejor entre los disponibles en un momento dado. Ten en cuenta que, en general, se está recomendando acudir al hospital solo cuando los síntomas empiezan a ser severos.
  • Con la Tarjeta Sanitaria Europea tienes derecho a ser tratado en las mismas condiciones que un nacional.

SEGURO CIGNA PARA PARTICIPANTES EN PROYECTOS DE VOLUNTARIADO DEL CES

  • En determinados casos con tu tarjeta de CIGNA puedes acceder a tratamiento privado (basado en reembolso si los costes son menores de 200€).
  • En el caso de tener síntomas activos, se reembolsará el 100% de los gastos de laboratorio derivados del diagnóstico del COVID-19.
  • Las pruebas preventivas, sin síntomas y sin haber tenido contacto con un paciente infectado, no están cubiertas. Lo mismo se aplica a las medidas derivadas de la cuarentena y sólo por cuestiones de prevención (haber viajado a Italia, por ejemplo), siempre que no se requiera un tratamiento médico.

APLICACIÓN DE LA CAUSA DE FUERZA MAYOR

  • En la actual situación de pandemia, declarada por la OMS, la causa de fuerza mayor es, como norma general, aplicable. Las organizaciones beneficiarias decidirán y serán responsables de adoptar un aplazamiento o una cancelación, siempre de acuerdo con lo establecido en los convenios de subvención y las guías de los programas. No obstante, las agencias nacionales tratarán caso por caso teniendo en cuenta el contexto en que se desarrollen.

En función de esto, las organizaciones podrán optar por la continuidad, aplazamiento o cancelación de los proyectos. En todo caso, la aplicación de la causa de fuerza mayor o cualquier modificación del proyecto deberá ser comunicada a la Agencia Nacional Española (ANE) incorporando, en su momento, la documentación justificativa necesaria. Esta comunicación, que debe incluir la referencia del proyecto, deberá dirigirse a erasmusplus@injuve.es o cuerpoeuropeodesolidaridad@injuve.es en función de cuál sea el programa que lo financia. La validación de los cambios será confirmada cuando la situación lo permita.

CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES DE LOS PROYECTOS

  • La entidad de acogida deberá ceñirse a un principio de prudencia atendiendo a las circunstancias locales. Actualmente las restricciones y las instrucciones de confinamiento son muy severas en todos los países. En todo caso, hay que atender a las instrucciones de las autoridades competentes.
  • Si las personas voluntarias quieren regresar, las autoridades consulares de sus países lo permiten y existen vuelos disponibles, podrán hacerlo y los vuelos que se compren se imputarán como costes excepcionales.
  • No obstante, las entidades podrán justificar la decisión de mantener a los voluntarios con las recomendaciones de las autoridades competentes, tanto sanitarias como en materia de viajes y restricciones a la movilidad por causa de interés público.

APLAZAMIENTO DE LOS PROYECTOS

  • Existe la posibilidad de aplazar el proyecto, dejándolo en suspenso.
  • En el caso de los voluntarios que hayan visto suspendido su proyecto, es decir, parada la actividad (y los voluntarios vuelven a su país de origen) esta se podrá reanudar, cuando la situación lo permita, modificando la fecha final del proyecto. Los días de suspensión no conllevan la obligación de entregar el dinero de bolsillo.
  • Las entidades beneficiarias deben ser pragmáticas y flexibles y minimizar cualquier impacto negativo en los participantes.
  • En estos casos, en relación a algunos gastos, como el alojamiento ya contratado, se sugiere la negociación con el arrendador unas condiciones acordes a la situación. Con respecto a los gastos derivados de los billetes ya comprados y que no se van a poder utilizar, se sugiere su cambio a otras fechas.

COSTES EXCEPCIONALES

  • Los gastos alegados como costes excepcionales, por causa de fuerza mayor, deberán explicarse y documentarse en la presentación del informe final. Se deberá justificar que no han sido financiados por otros medios, y en base al gasto real. Deberán incorporar una declaración firmada de la entidad beneficiaria.
  • En el caso de que haya gastos de expatriación, siempre que estén debidamente justificados, serán aceptados como costes excepcionales dentro del proyecto.
  • En ningún caso, estos costes podrán suponer un incremento de la cuantía total de la subvención adjudicada, tal y como se establece en la normativa de los programas.
  • Si el proyecto está en su fase final y es complicado asumir gastos que superen el importe total de la subvención y si la entidad tiene otros proyectos CES aprobados, podría utilizar los fondos de esos proyectos u optar porque la misma persona finalice su voluntariado en el otro proyecto, siempre y cuando el periodo total del voluntariado no supere los 12 meses. Si no se dan estas circunstancias, en estos momentos, no tenemos ninguna alternativa que ofrecer por lo que el gasto lo tendrían que asumir los voluntarios o la entidad.

AMPLIACIÓN DE LA DURACIÓN DE LOS PROYECTOS

  • La duración de los proyectos se podrá ampliar un máximo de 12 meses, sin que la duración total pueda exceder de 36 meses de duración total.
  • Para que la ANE pueda autorizar la prolongación del proyecto, ésta deberá ser comunicada antes la fecha de su finalización, a: erasmusplus@injuve.es o cuerpoeuropeodesolidaridad@injuve.es

MODIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS

  • Se aplicarán las normas sobre modificación de proyectos establecidas en el artículo II.13 del Anexo I de Condiciones generales de los Convenios de Subvención.
  • Las entidades beneficiarias deben ser pragmáticas y flexibles y minimizar cualquier impacto negativo en los participantes.

JUSTIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS

  • El plazo para la presentación del informe final, ya sea de un proyecto finalizado o cancelado, es de dos meses a contar desde la fecha de la finalización del proyecto establecida en la solicitud aprobada.
  • Los costes excepcionales alegados por causa de fuerza mayor deberán explicarse y documentarse en la presentación del informe.
  • Se deberá notificar a: cuerpoeuropeodesolidaridad@injuve.es o, en su caso, a erasmusplus@injuve.es siempre indicando el número de referencia del proyecto. Estos cambios se confirmarán por la ANE cuando la situación lo permita.

ACTIVIDADES DE FORMACIÓN INTERNACIONAL (TCA/NET)

  • Si una actividad formativa que estaba planificada es cancelada, el grupo de participantes seleccionado será informado de cualquier contingencia relativa al curso. En cualquier caso se puede contactar a través del correo electrónico que figura en la página de SALTO YOUTH como contacto para consultas.

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS EN LA RONDA 2 – 2020

  • Se amplía el plazo de todas las acciones y programas al 7 de mayo de 2020
  • No se exigirá la presentación de los mandatos de las entidades socias a la presentación del proyecto, pero sí deberá estar incluida en la documentación del proyecto antes de la firma del Convenio de Subvención.

 

Fuente y más información: www.injuve.es

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