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1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores, cuya finalidad es apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las

solicitudes de cada convocatoria, con independencia del sector en el que se promuevan. Para ello, a los diez primeros seleccionados les será concedida una ayuda económica que les facilite la consolidación del proyecto de empresa promovido por cada uno de ellos.
2. A efectos de esta orden, se entenderá por empresa los trabajadores autónomos, las empresas familiares, las sociedades colectivas y las asociaciones que ejerzan regularmente una actividad económica, conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, en todo caso promovidas por jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
3. El Certamen tendrá una periodicidad anual y se convocará cada año de forma oportuna.
Procedimiento de concesión y financiación.
1. Las ayudas económicas contempladas en la presente orden serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
2. Cada procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública, adoptada por resolución de la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud y publicada en el «Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. La financiación del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores se efectuará con cargo a los créditos que, para dicha finalidad, se determinen en los Presupuestos Generales del Estado para el Instituto de la Juventud del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
4. La convocatoria del Certamen fijará la partida presupuestaria a la que deben imputarse los premios que se concedan
Beneficiarios.
El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores va dirigido a jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, ya sean personas físicas o jurídicas.
Cuando se trate de personas físicas éstas deben tener residencia legal y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes. Asimismo, deberán presentar declaración responsable de que el capital social pertenece mayoritariamente (51 %) a jóvenes que no superen los 35 años.
El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que se presente deben estar, en todo caso, en territorio español.
Asimismo, las personas tanto físicas como jurídicas que concurran a las correspondientes convocatorias deberán reunir a la fecha de publicación de las mismas, los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
b) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones se requiere, de conformidad con el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) Haber justificado, en su caso, ayudas económicas recibidas con anterioridad del Instituto de la Juventud.

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